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¿Cómo evaluar un proveedor de Servicios Especializados?



El pasado 20 de abril de 2021, el Senado de la República aprobó la Reforma Laboral en Materia de Subcontratación Laboral. Con esta reforma como bien sabes, se prohibió la subcontratación o outsourcing. Las empresas que anteriormente ofrecían servicios similares a los mencionados, tuvieron la oportunidad de registrarse en el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados y Obras Especializadas (REPSE). Entonces, ¿cómo revisar proveedores REPSE?


Si una persona física o moral ofrece servicios que no forman parte de su actividad principal y no están registrados ante el REPSE, pueden ser multadas. De igual forma, la empresa contratante puede ser multada. Es por eso que es muy importante que como contratante, conozcas cómo revisar proveedores REPSE y evitar multas.


Los servicios especializados son una externalización de procesos y recursos de una organización hacia un proveedor externo siempre y cuando dichos servicios no estén enfocados en la actividad principal de la organización contratante. De hecho, en la Ley Federal del Trabajo en su artículo 15 se explica a más detalle la subcontratación:



​​Las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación, deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Para obtener el registro deberán acreditar estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social.


El registro a que hace mención este artículo deberá ser renovado cada tres años.



La Secretaría del Trabajo y Previsión Social deberá pronunciarse respecto de la solicitud de registro dentro de los veinte días posteriores a la recepción de la misma, de no hacerlo, los solicitantes podrán requerirla para que dicte la resolución correspondiente, dentro de los tres días siguientes a la presentación del requerimiento. Transcurrido dicho plazo sin que se notifique la resolución, se tendrá por efectuado el registro para los efectos legales a que dé lugar.


La Secretaría del Trabajo y Previsión Social negará o cancelará en cualquier tiempo el registro de aquellas personas físicas o morales que no cumplan con los requisitos previstos por esta Ley.


Las personas físicas o morales que obtengan el registro a que se refiere este artículo quedarán inscritas en un padrón, que deberá ser público y estar disponible en un portal de Internet. La Secretaría del Trabajo y Previsión Social expedirá las disposiciones de carácter general que determinen los procedimientos relativos al registro a que se refiere este artículo.


Revisiones que tienes que hacer si contratas un servicio especializado.


En una organización, la subcontratación de servicios especializados puede darse de distintas formas: servicios de limpieza, comedores industriales, contratistas, asesorías y certificaciones, logística, salud ocupacional, jardinería, agencias o productoras de vídeo, empresas de tecnología y más.



Pero existen servicios especializados de proveedores REPSE muy buscados por las organizaciones como la administración y gestión del Capital Humano ante instituciones como el IMSS, INFONAVIT, STPS y SAT. Para este tipo de servicios, las empresas pueden aprovechar la experiencia de aliados estratégicos como Kliq RH en procesos como:


  • Maquila de nómina

  • Cumplimiento y pago de impuestos

  • Reclutamiento y selección de personal

  • Gestiones ante el IMSS e INFONAVIT

  • Asesoría y soporte en temas laborales, legales, financieros, seguridad social y fiscales

Asegúrate de que sin importar el servicio especializado que estés buscando, tu proveedor REPSE esté registrado ante las autoridades. Veamos cómo saberlo y sobre todo, cuáles serían las consecuencias de trabajar con un proveedor REPSE no registrado.


Como ya lo mencionamos anteriormente, antes de contratar cualquier servicio especializado, debes asegurarte de que tu proveedor esté registrado ante el Registro de Prestadoras de Servicios Especializados u Obras Especializadas. Éste es emitido por la STPS.


Las empresas que ofrecen servicios especializados deberán contar con una constancia ante el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas de la STPS, la constancia contiene:


  • Número de registro

  • Actividad registrada

  • Inscripción en el Padrón Público de Contratistas de Servicios Especializados u Obras Especializadas

  • Vigencia de la constancia de 3 años


Dentro de la LFT en su artículo 15 se dicta que las empresas que ofrecen estos servicios especializados deben contar con su registro. Por su parte, la empresa contratante de los servicios especializados deberá de verificar que su proveedor efectivamente esté registrado ante el padrón del REPSE y que le proporcione:


  • Comprobantes de pagos fiscales del pago de salario de los colaboradores

  • Recibo de pago expedido por instituciones bancarias por la declaración de entero de las retenciones de impuestos

  • Pago de las cuotas obrero patronales ante el IMSS e INFONAVIT


Lo anterior según la Ley del Impuesto sobre la Renta en su artículo 27, fracción V:

[…] Tratándose de la prestación de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas a que se refiere el artículo 15-D, tercer párrafo del Código Fiscal de la Federación, el contratante deberá verificar cuando se efectúe el pago de la contraprestación por el servicio recibido, que el contratista cuente con el registro a que se refiere el artículo 15 de la Ley Federal del Trabajo, asimismo, deberá obtener del contratista copia de los comprobantes fiscales por concepto de pago de salarios de los trabajadores con los que le hayan proporcionado el servicio o ejecutado la obra correspondiente, del recibo de pago expedido por institución bancaria por la declaración de entero de las retenciones de impuestos efectuadas a dichos trabajadores, del pago de las cuotas obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social, así como del pago de las aportaciones al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. El contratista estará obligado a entregar al contratante los comprobantes y la información a que se refiere este párrafo.



Otro punto importante es que las empresas que ofrecen servicios especializados y estén registradas ante el REPSE también deben presentar sus declaraciones cuatrimestrales ante el IMSS e INFONAVIT mediante los sistemas ICSOE y SISUB.


¿Cuáles son las multas por incumplimiento?

Según la Ley Federal del Trabajo dentro de sus artículos 14 y 15, los proveedores que no estén registrados ante el REPSE pueden ser acreedores a multas como:


2000 a 50,000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA)


Por otro lado, la autoridad tiene el derecho de invalidar las facturas emitidas por los servicios de los proveedores REPSE y por ende, la organización no podrá comprobar su gasto.



Otra consecuencia es que las autoridades fiscales y de trabajo podrán pedir una revisión de los comprobantes fiscales y se podría dar lugar a una sospecha de operaciones simuladas. Finalmente, si la empresa contratante hace negocios con una empresa no registrada ante el REPSE, la primera puede ser considerada como una entidad que deduce operaciones simuladas.


Evita problemas en tu organización y acércate a aliados estratégicos con años de experiencia y cumplimiento de sus obligaciones ante las autoridades como Kliq RH.


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